El delito de tortura se investiga y persigue de oficio, ya sea que la denuncia se haga por cualquier persona o mediante vista de autoridad, ademas de acuerdo a la Ley General para Prevenir, investigar y Sancionar la Tortura y otros Tratos de Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, la conducta típica es imprescriptible, es decir, no opera en ella la figura de la prescripción; en ese sentido, el Estado de Colima cuenta con la Fiscalia Especializada en la Investigación de Delitos de Tortura o Otros Tratos de Penas Crueles Inhumanos o Degradantes, quien es el órgano con autonomía técnica y Operativa de la Fiscaía General del Estado de Colima, que se encuentra a cargo de perseguir e investigar las conductas típicas que se establecen en la ley de la materia, así como cumplir con las obligaciones que subyacen de la Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado.